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COPAC FAMILIA PROTEGIDA


La importancia de tener un ingreso frente a cualquier desempleo involuntario temporal o definitivo, es otro de nuestros beneficios para tu tranquilidad.

Orientación Jurídica Telefónica

ASISTENCIA LABORAL

Se brindará un servicio de asesoramiento jurídico laboral telefónico en relación a cualquier gestión laboral: Asesoramiento laboral integral, Asesoramiento laboral específico en operaciones de reestructuración, situaciones de acoso. Asesoramiento en conflictos con la alta Dirección, o compañeros. Reclamaciones y recursos ante órganos administrativos dentro del marco del procedimiento laboral. Litigios ante los órganos judiciales de la jurisdicción social. Modificación sustancial de condiciones de trabajo. Asesoramiento en los procedimientos y conflictos correspondientes a Seguridad Social. Asesoramiento en los procedimientos sancionadores en materia laboral general y en materia de prevención de Riesgos Laborales. Asesoramiento en procedimientos de negociación colectiva. La consulta será atendida por uno de los abogados designados por la Central y se limitará a la orientación verbal respecto a la consulta planteada, sin emitir dictamen por escrito sobre la misma. No hay límites para este servicio.

Servicios de Canasta Básica de Alimentos

PROVISIÓN DE ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD

En caso de desempleo involuntario, temporal o definitivo, total o parcial, que implique una reducción en los ingresos del beneficiario, siendo causa ajena a la voluntad del trabajador y una vez transcurrido el período de espera de quince días (15) desde la contratación de este producto. La Compañía cubrirá el reembolso de los gastos generados por la adquisición de alimentos de primera necesidad, según los oficialmente contemplados para la canasta básica de alimentos y hasta el 50% del tope máximo económico de una canasta alimenticia, por un período de hasta tres meses como máximo anual. Existe un período de espera a partir de la fecha de inicio de vigencia del servicio durante el cual la compañía no está obligada a pagar. Este período deberá cumplirse cada vez que se contrate el servicio. Dicho período es de quince días (15). Este período deberá cumplirse por cada vez si el servicio es renovado e iniciará cada vez que se reingrese al servicio.

Servicios Generales (Luz/Agua/Gas)

COBERTURA DE SERVICIOS BASICOS

Según las condiciones y requisitos descriptos en la cláusula segunda, la Compañía reembolsará el costo de los servicios de UTE y OSE del domicilio del Beneficiario, mientras este encuentre en las condiciones antes detalladas. El servicio tiene un límite de 3 meses del año y un tope económico máximo de $3.000 por mes.


REPOSCION DE SUPERGAS

Adicionalmente, la compañía cubrirá el valor de la reposición de una garrafa de Supergas de 13 kilos. El envase deberá ser suministrado por el beneficiario, RUA Asistencia no será responsable de demoras ajenas a su accionar, en la entrega de este suministro. Servicio limitado a un evento anual.

Servicio por Hospitalización

Bajo este Plan una vez transcurrido el período de espera de quince días (15), si el Beneficiario quedase hospitalizado durante un período de hospitalización de al menos cinco (5) días, la Compañía se obliga a reembolsar los gastos por la adquisición de alimentos de primera necesidad y pago de consumos de luz y agua. Los saldos para canasta y cobertura de servicios de OSE y UTE se realizarán por el tiempo que dure la incapacidad y hasta el máximo previsto en la cláusula segunda y tercera.


PERÍODO DE ESPERA

Existe un período de espera a partir de la fecha de inicio de vigencia del servicio durante el cual la compañía no está obligada a acreditar suma alguna. Este período deberá cumplirse cada vez que emite el Servicio. Dicho período es de quince días (15). Este período deberá cumplirse por cada vez si el servicio es renovado e iniciará cada vez que se reingrese al servicio.


EXCLUSIONES.- HOSPITALIZACIÓN

Están excluidos de la cobertura los accidentes originados por la conducta delictiva del Beneficiario, infracciones graves de acuerdo con el Código Penal, en las que participe directamente al Beneficiario, práctica profesional de cualquier deporte, incluido pero no limitado a deportes de alto riesgo de cualquier clase y deportes que involucren el uso de equipos, medios o máquinas de vuelo o deportes con la intervención de algún animal. No se incluye las bajas por parto, aborto, maternidad o cualquier patología del embarazo. Intervenciones quirúrgicas por razones estéticas o debidas a lesiones o enfermedades causadas voluntariamente por el Beneficiario. Accidentes que se originen debido a que el Beneficiario estaba bajo la influencia de algún medicamento o droga enervante, estimulante o similar; siempre y cuando, se compruebe este hecho fehacientemente, mediante pruebas efectuadas por las autoridades competentes o médicas o legales, excepto si fueron prescritos por un médico; así como los que originen a consecuencia de encontrarse bajo los efectos del alcohol; siempre y cuando, en este caso, se compruebe fehacientemente, mediante pruebas efectuadas por las autoridades competentes o médicas o legales, que los niveles de alcohol en sangre eran iguales o mayores al límite establecido en la Ley.

Certificación en Domicilio

Los socios podrán acceder a los servicios generales, canasta, etc. Con solo encontrarse certificado (no será necesaria la internación), a partir de los 10 días presentando documentación del médico tratante y certificado de BPS.

Transporte

Se entregarán en Montevideo hasta $1.500 por hasta 3 meses en ticket de transporte. En el interior se abonará el efectivo.

Asistencia en Medicamentos

(A) ENVÍO DE MEDICAMENTOS

En todo el territorio de la República Oriental del Uruguay, el titular del Servicio podrá solicitar el envío a su domicilio de medicamentos siempre que los mismos tengan una receta médica, y que estén de venta en las farmacias de la ciudad donde se solicita el envío. Servicio sin límites. El valor del envío será sin costo, siendo el valor del medicamento a cargo del titular. El medicamento solicitado será entregado en un tiempo máximo de hasta tres horas.

Descuento en Medicamentos

Estando el beneficiario con la receta de su médico, obtiene un 10% de descuento adicional sobre los medicamentos que en la farmacia reciben un descuento del 25%. Servicio limitado a dos eventos mensuales o hasta $1.500 por beneficiario. En todos los casos el costo del timbre profesional del medicamento, será de cargo del usuario. Este servicio no reconoce reintegros por medicamentos adquiridos en farmacias no adheridas. Los descuentos no se aplican sobre medicamentos de venta libre. Siempre que fuera necesario, la farmacia podrá optar por distintos laboratorios, siempre que el medicamento entregado sea idéntico en su composición o droga. El descuento no aplica para productos de cosmética o perfumería.

Gastos Educativos para los Hijos

En caso de ocurrencia de las condiciones de Desempleo u Hospitalización antes descriptas, se brindarán las siguientes prestaciones para los hijos menores de 12 años del Beneficiario:


(A) TUTORÍA ACADÉMICA

La compañía pone a disposición expertos profesores en educación escolar y liceal, para obtener clases de apoyo en Instituto, sobre tareas, trabajos de investigación o preparación de exámenes. El servicio es limitado a 4 eventos anuales.


(B) COBERTURA DE GASTOS DE ESTUDIO

La compañía reembolsará el costo de materiales de estudio que fueran solicitados durante el período de desempleo u hospitalización del beneficiario, hasta el tope económico de $2.000.


PROCEDIMIENTOS:

El Beneficiario deberá notificar a la central telefónica de RUA Asistencia ante cualquier suceso que dé lugar a una reclamación en un plazo máximo de quince (15) días desde la ocurrencia del mismo.

RUA Asistencia enviará al Beneficiario el formulario de reclamaciones apropiado y le explicará el procedimiento de reclamación. Sin perjuicio de la libertad probatoria, el Beneficiario deberá presentar los siguientes documentos, sin que se constituyan los únicos por medio de los cuales se puede probar la ocurrencia del evento:

Servicio de Desempleo
1. Formulario de declaración de evento. 2. Fotocopia del documento de identidad del Beneficiario. 3. Documento que demuestra el desempleo involuntario: Prueba de interrupción de aportes a la seguridad social por parte del Debe figurar causal de baja ante el BPS (registro de bajas) o documento similar.

Servicio de Hospitalización
1. Formulario de declaración de evento. 2. Certificados o licencia médica que acrediten la hospitalización superior al periodo de carencia. 3. Fotocopia del documento de identidad del Beneficiario.

En caso de solicitud de asistencia la Compañía podrá verificar: el despido con el empleador y corroborar que el Beneficiario se mantiene en situación de desempleo durante el uso de la asistencia. En caso de incapacidad por Hospitalización, La Compañía se reserva el derecho de hacer examinar al Beneficiario. La compañía tendrá derecho, siempre que lo juzgue conveniente, comprobar cualquier hecho o situación de la cual se derive para ella una obligación. La obstaculización por parte del Beneficiario para que se lleve a cabo esa comprobación, liberara a la compañía de cualquier obligación.

Asistencia Laboral

En caso de ocurrencia de las condiciones de Desempleo, la compañía prestará los siguientes servicios al Beneficiario:


A. ARMADO DE CURRICULUM

Un grupo de especialistas analizaran la situación del beneficiario, y colaboraran en el armado o mejora del curriculum vitae, en función de sus aptitudes, de modo tal que pueda garantizar una búsqueda laboral más eficiente. Vigente durante el período de desempleo.


B. BUSQUEDA LABORAL

Le capacitamos en los elementos a tener en cuenta para su búsqueda laboral, indicándole consultoras acorde a su perfil y colaborando en su postulación como candidato. Servicio sin límite.


C. ENTREVISTA LABORAL

La compañía le asesorara en las cuestiones que debe atender en la etapa previa y luego durante la entrevista laboral. A través de simulacros y material, se prepara al beneficiario para una entrevista exitosa. Vigente durante el período de desempleo.


D. MARKETING PERSONAL

Le capacitamos en como potenciar su perfil y, las técnicas que debe cuidar para poder conservar su trabajo, con un buen desarrollo personal y con compañeros y superiores. Vigente durante el período de desempleo.

Condiciones generales

El Socio deberá, en todos los casos, comunicarse con la Central de Operaciones de RUA Asistencia a una línea exclusiva para socios de COPAC 2904 06 53, dando sus datos personales, para contar con la autorización correspondiente.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO:
Para permitir a RUA ASISTENCIA asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios comprendidos a continuación la obligación a cargo del beneficiario de:

Obtener la autorización de RUA ASISTENCIA a través de su Central de Operaciones antes de tomar cualquier iniciativa o realizar cualquier gasto.

Aceptar las soluciones encomendadas por RUA ASISTENCIA.

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD:
El Prestador queda relevado de responsabilidad cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor, tales como actos de sabotaje, guerras, catástrofes de la naturaleza, dificultades en los medios de comunicación o cualquier otro hecho que no haya podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este condicionado. Cuando situaciones de esta naturaleza ocurrieran, el Prestador se compromete a ejecutar sus compromisos dentro del menor plazo posible.
Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones garantizadas por este condicionado, el Beneficiario solicitara por teléfono la asistencia correspondiente, indicando sus datos identificatorios, el lugar y el teléfono donde se encuentra y la clase de servicio que necesita antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago.
El Prestador tomara el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación, observando los tiempos de respuesta al auxilio. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. El Prestador se reserva el derecho de solicitar al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto realizado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido.

REINTEGROS:
Todos los casos de reintegro arriba previstos deberán contar con la autorización previa de la Central Operativa del Prestador. Para permitir la evaluación del mismo, el Beneficiario deberá suministrar previamente toda la documentación original necesaria que acredite, al exclusivo criterio del Prestador la recepción del servicio y la procedencia de los gastos incurridos.
Únicamente serán consideradas las solicitudes de reintegro cuyos comprobantes originales se presenten dentro de los treinta (30) días de la fecha de ocurrencia de los hechos. Pasado dicho plazo, cesara todo derecho del beneficiario para efectuar reclamo alguno.